Quién se hace cargo de los desperfectos o averías ¿El propietario o el inquilino?
- Mar Ropero Ibañez
- 18 feb 2015
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Si se estropea el interfono de la vivienda ¿Quién debe correr con los gastos de reparación, el propietario o el inquilino?
El problema principal estriba en determinar el culpable, lo cual, en numerosas ocasiones, no es fácil.
Si la chimenea se ha atascado, llega el reparador y encuentra un objeto dentro que no debería estar ahí que obstruye la salida del humo, la reparación la paga el arrendatario, porque es el que la está usando.
Por regla general, dependerá de si el desperfecto es por un mal uso, en cuyo caso, deberá pagar el inquilino, o por antigüedad del aparato, caso en el cual, abona el gasto el propietario.
También debe tenerse en cuenta cuál es la importancia de la avería.
El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 dispone que “el arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario”. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario”.
Por lo tanto la reparación de una bajante la paga el dueño, la reparación de persianas, grifos, enchufes, pomos de las puertas, manillares, cerraduras de puertas, ventanas y similares, las paga el arrendatario.
En el tema de los electrodomésticos, si la avería es pequeña la pagará el arrendatario y si es grande (se diera el caso que hubiera que sustituir el elemento) la pagará el dueño.
También se toman como criterios para determinar la culpabilidad la antigüedad del aparato y su coste.